El Subsecretario de Prevención del Delito, Eduardo Vergara, resaltó que uno de los ejes del proyecto es resguardar la integridad física de los inspectores municipales y que, bajo ningún punto de vista, se crearán “policías comunales”.
Por 9 votos a favor y 2 en contra, esta semana, la Comisión de Gobierno Interior de la Cámara de Diputados aprobó en general el proyecto de ley que fortalece la institucionalidad municipal en materia de seguridad pública y prevención del delito.
El Subsecretario de Prevención del Delito, Eduardo Vergara, destacó que el enfoque de esta iniciativa legal está puesto en proteger a las y los funcionarios municipales dedicados a temas de seguridad, frente a eventuales riesgos y amenazas que están sufriendo en operativos. “La creación de la figura de las y los inspectores de seguridad municipal implica una serie de mejoras y busca que los municipios puedan desempeñar su rol como colaboradores de la seguridad pública, que es responsabilidad del Estado”, dijo.
En el mismo sentido, se establece también un contrato de seguro de vida y un agravante penal cuando la víctima de un delito sea un inspector municipal de seguridad en el ejercicio de sus funciones o con motivo de su cargo.
Otra de las indicaciones contenidas en el proyecto es elevar el estándar de ingreso para los inspectores municipales y establecer requisitos e inhabilidades específicos. Entre estos, idoneidad física y psicológica, estar capacitado, no estar condenado por ningún delito o por violencia intrafamiliar, y no haber dejado de pertenecer a las FF.AA. ni a las policías por medidas disciplinarias.
Asimismo, el Subsecretario Vergara destacó que los funcionarios serán certificados por la Subsecretaría de Prevención del Delito. “También buscamos mejorar la formación y para ello el proyecto dispone la necesidad de formar o capacitar a las y los funcionarios. Vamos a coordinar capacitaciones con Carabineros y otras instituciones que sean pertinentes “, detalló.
Por último, no se prohíbe a los inspectores realizar detenciones, puesto que el Código Procesal Penal vigente determina con claridad las facultades de la detención ciudadana: cualquier persona puede detener a quien sorprende cometiendo un delito en flagrancia, debiendo entregarlo inmediatamente a la policía.
Sobre este punto, el Subsecretario de Prevención del Delito señaló que el objetivo del proyecto es clarificar las facultades que tienen los funcionarios municipales como coadyuvantes de las policías y que, bajo ningún motivo, se propone la creación de policías municipales. “No vamos a reemplazar a Carabineros o PDI en sus funciones. Los inspectores municipales sí podrán colaborar en algunas materias, como el patrullaje preventivo, el control de medidas cautelares, medidas accesorias y medidas de protección, o la intervención en procedimientos de bajo riesgo, de manera de no exponer su vida ni su integridad física”, concluyó la autoridad.